La diputada Mariana Benítez presenta iniciativa para despenalizar el aborto; se proponen sanciones a quienes lo practiquen sin consentimiento.
La diputada de Morena, Mariana Benítez Tiburcio, presentó una iniciativa para despenalizar el aborto hasta las 12 semanas de gestación.
La iniciativa prevé reformar varios artículos del Código Penal Federal e incluye sanciones a quienes realicen abortos sin el consentimiento de la persona gestante.
Reformas al Código Penal
La legisladora explicó que los artículos 330 a 334 del Código Penal Federal criminalizan tanto a las mujeres y personas gestantes que deciden abortar como al personal médico que las asiste.
Señaló que este marco legal es violatorio de los derechos humanos, en especial en lo que respecta a la igualdad y la no discriminación.
La iniciativa establece que se sancionará con prisión de seis meses a un año a quienes procuren su propio aborto después de las 12 semanas o consientan que otra persona lo practique.
«El aborto no debe ser tratado como un problema penal, sino como una cuestión de salud pública que el Estado debe garantizar», afirmó Benítez Tiburcio.
Criminalización y salud pública
La diputada subrayó que la criminalización del aborto vulnera el derecho a la salud de las mujeres y personas gestantes, al imponer la maternidad de forma obligatoria.
Esa imposición, dijo, atenta contra su derecho al bienestar físico, mental y social, que incluye el control absoluto sobre su cuerpo y la libertad sexual y reproductiva.
“El mandato obligatorio de la maternidad es una violación frontal a los derechos humanos, impidiendo el disfrute pleno de la salud y el desarrollo personal” puntualizó la legisladora.
Sanciones propuestas
La iniciativa para despenalizar el aborto también prevé penas más severas para quienes practiquen abortos sin consentimiento de la persona gestante.
De acuerdo con la propuesta:
- Tres a cinco años de prisión para quien practique un aborto sin el consentimiento de la persona gestante.
- Seis a ocho años de prisión si el aborto se realiza bajo violencia física o moral.
- En caso de que el procedimiento lo realicen médicos, cirujanos, parteras o comadronas, se aplicará una suspensión de tres a seis años del ejercicio profesional, además de las penas correspondientes.