El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió el 2 de octubre de 2024, en cumplimiento con la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTyR), prorrogar la vigencia de la concesión para uso comercial otorgada a favor de Teléfonos de México, S.A.B. de C.V., con la que actualmente presta los servicios de acceso inalámbrico de telefonía básica tipo residencial y a través de caseta pública en vivienda o de caseta en vía pública, de transmisión de datos y de acceso a internet, en diferentes localidades del territorio nacional.
El título de concesión inicial fue otorgado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (hoy Secretaría de Infraestructura Comunicaciones y Transportes —Secretaría—) en el año 2005, con una vigencia de 10 años, derivado de que TELMEX resultó ganador de la Licitación Pública Nacional No. 00009077-001-04, por medio de la cual se le adjudicó la prestación de los servicios en 134 Áreas de Servicio Local (ASL), con fines de cobertura social en telecomunicaciones. Con motivo de esta licitación, la Secretaría otorgó una aportación no recuperable con cargo al patrimonio del Fideicomiso del Fondo de Cobertura Social de Telecomunicaciones y bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico, para la prestación de los servicios. En la actualidad, ya no hay
aportaciones económicas por parte de la Secretaría para la prestación de servicios de
telecomunicaciones en las localidades involucradas en el título de concesión.
La concesión tenía como principal finalidad cubrir localidades que se caracterizaban por presentar niveles bajos de ingresos y déficit de servicios telefónicos domiciliares que se encontraban alejados de los centros urbanos y en zonas de “alta” y “muy alta” marginación.
Dicho título de concesión ha sido prorrogado por el Instituto en 2016 y 2019.
La prórroga de vigencia autorizada por el Instituto será por cinco años contados a partir del 5 de febrero de 2025 y está sujeta a que Telmex acepte nuevas condiciones que en su caso se establezcan en el proyecto de título de concesión.
Se destaca que el análisis de la solicitud se realizó en estricta observancia de lo establecido por el artículo 113 de la Ley, razón por la cual no fue objeto de revisión el cumplimiento que dicha concesionaria ha dado a las medidas que le fueron impuestas como consecuencia de su carácter de Agente Económico Preponderante (AEPT) en el sector telecomunicaciones.
Telmex podrá continuar prestando solo los servicios de telecomunicaciones que está facultado a ofrecer en términos de lo establecido en su concesión actual.