Mañana jueves debatirán diputados dictamen de iniciativa para reformar la Constitución en materia de Guardia Nacional
Mañana jueves en el Pleno de la Cámara de Diputados se discutirá y votará la iniciativa de reforma constitucional en materia de Guardia Nacional.
Con estas modificaciones se propone que el Ejecutivo Federal podrá pedir el apoyo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea en tareas de seguridad pública, de ahí la interrogante de que si con estas modificaciones a la Carta Magna ¿las acciones de seguridad pública podrían militarizarse?.
El dictamen de esta iniciativa en materia de Guardia Nacional fue aprobado en comisiones, y el coordinador de los diputados de Morena, Ricardo Monreal Ávila anunció que se subirá al Pleno este jueves, lo que prevé que podría aprobarse a menos de 15 días de que el Presidente Andrés Manuel López Obrador concluya su mandato.
Esta reforma plantea, entre otros cambios, la adscripción de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) tema que la oposición considera que debe analizarse más.
Por ello, los diputados del PAN, PRI y Movimiento Ciudadano (MC) pidieron posponer la discusión hasta después del 1 de octubre, cuando la presidenta electa Claudia Sheinbaum entre en funciones constitucionales.
Sin embargo, la mayoría de Morena y aliados (PT y PVEM) mantiene “El Plan C”, con esta reforma e incluso este miércoles la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados emitió la declaratoria de publicidad del dictamen que reforma 12 artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El dictamen que modifica los artículos 13, 16, 21, 32, 55, 73, 76, 78, 82, 89, 123 y 129 de la Carta Magna y con estos cambios se otorga facultades a la Guardia Nacional de investigación de delitos en el ámbito de su competencia.
Estipula que la Federación contará con la Guardia Nacional, fuerza de seguridad pública, profesional, de carácter permanente e integrada por personal de origen militar y marino con formación policial.
Y que será dependiente de la Secretaría del ramo de Defensa Nacional, “para ejecutar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública en el ámbito de su competencia”.
Se conformará el Sistema Nacional de Seguridad Pública
Otro de los cambios que se proponen en la reforma es que el Ministerio Público (MP) y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno, incluida la Guardia Nacional, deberán coordinarse entre sí para cumplir con los fines de la seguridad pública y conformarán el Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Asimismo, indica que las instituciones de seguridad pública serán disciplinadas, profesionales y de carácter civil, y que corresponde a la Secretaría del ramo de Seguridad Pública formular la Estrategia Nacional de Seguridad Pública y los programas, políticas y acciones respectivos.
Destaca que la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público, a las policías y a la Guardia Nacional, en el ámbito de su competencia, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta función.
Se expedirán leyes para regular participación del Ejército y Armada en materia de seguridad
En el dictamen que este jueves se discutirá, se señala que el Congreso tendrá la facultad para expedir leyes que regulen y establezcan requisitos y límites para la participación del Ejército, Armada y Fuerza Aérea en materia de seguridad interior y en tareas de apoyo a la seguridad pública.
Precisa que el Senado de la República, o en su caso la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, se encargará de ratificar el nombramiento de los jefes superiores de la Guardia Nacional que proponga el presidente de la República.
Podrá disponer Ejecutivo federal de Ejército, Armada y Fuerza Aérea en apoyo a seguridad pública
En la reforma en materia de Guardia Nacional se propone que, respecto a las facultades del Ejecutivo Federal, éste podrá “disponer del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea, en tareas de apoyo a la seguridad pública, en los términos que señale la ley”.
Los cambios constitucionales estipulan que para ser presidente de la República o diputado se requiere no estar en servicio activo en el Ejército, Fuerza Aérea, Armada o Guardia Nacional; para el caso de presidente, seis meses antes del día de la elección, y para el de diputado, 90 días.
En ningún caso los tribunales militares podrán extender su jurisdicción sobre civiles
En el dictamen de reforma se precisa que los tribunales militares en ningún caso y por ningún motivo podrán extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan al Ejército, Fuerza Aérea, Armada y Guardia Nacional, es decir, civiles.
Además, en tiempo de paz ninguno de los elementos de las Fuerzas Armadas permanentes puede alojarse en casa particular contra la voluntad del dueño, ni imponer prestación alguna.
Asimismo, establece que ningún extranjero podrá servir en la Fuerza Armada permanente, en tiempos de paz.
Se reclasificará personal militar y naval que integran a la Guardia Nacional
En los artículos transitorios del dictamen se asienta que el personal militar y naval que integra la Guardia Nacional será reclasificado de la Fuerza Armada a la que pertenezca a dicha Guardia Nacional.
La nueva patente o nombramiento se expedirá con la antigüedad que posea el interesado en su grado, conforme a la escala jerárquica del Ejército y Fuerza Aérea, adicionando su nueva especialidad. Deben respetarse en todo momento los derechos que posea el interesado en la Fuerza Armada de su origen.
La persona titular de la Comandancia de la Guardia Nacional, que debe ostentar el grado de General de División de la Guardia Nacional en activo será designada por la persona titular de la Presidencia de la República, a propuesta de la persona titular de la SEDENA.