Más de tres mil elementos de la Secretaría de Marina (Semar) asignados para la conformación de la Guardia Nacional (GN) serán reasignados a la institución naval, a partir de una sentencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Las vacantes que dejan estos elementos, entre ellos 102 mandos en diferentes puestos primordiales en seguridad nacional, serán ocupadas por personal sin experiencia.
De acuerdo con oficio emitido por el Comisario General David Córdova Campos, comandante de la Guardia Nacional, fechado el pasado 17 de mayo, se notificó a las Comandancias de la GN de las 32 entidades, permitir la adscripción del personal cedido por la Semar a la Guardia Nacional, el 1 de julio de 2019.
Los tres mil 671 elementos de la Semar concedidos a la Guardia Nacional, forman parte de una plantilla de 12 mil 303 elementos en activo para el cuerpo de seguridad creado por el presidente Andrés Manuel López Obrador durante su sexenio.
La orden fue dada en acatamiento a la sentencia emitida por el Pleno de la Corte en la Acción de Inconstitucionalidad 137/2022, promovida contra del decreto por el cual se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de la Guardia Nacional, de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos y de la Ley de Asensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, en materia de Guardia Nacional y Seguridad Pública.
La SCJN declaró la invalidez de las disposiciones normativas de control administrativo de la Guardia Nacional a la Sedena, entre ellas, “ejercer el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional, conforme a la Estrategia Nacional de Seguridad Pública que defina la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana».
El documento pide a las comandancias de la Guardia Nacional permitir todas las facilidades para la reasignación del personal de la Marina conforme a lo establecido en el fallo emitido por la SCJN
También agrega: “realice un ajuste de los efectivos de los Btns. que le dependen para cubrir los cargos que dejará vacante el personal que será concentrado y en caso de contar con suficientes cuadros de mando, se designe personal de menor jerarquía sin menoscabo del cumplimiento de la Unidad o servicio correspondiente”.