STAFF: La ResistenciaIA
Las campañas electorales en México, iniciadas el 1 de marzo, concluyeron este miércoles, dando paso a la veda electoral a partir de la primera hora del 30 de mayo, según lo previsto en el artículo 251 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales. Este periodo de reflexión tiene como objetivo permitir que la ciudadanía analice libremente su voto, sin la influencia de propaganda o mensajes de última hora, de acuerdo con el Instituto Nacional Electoral (INE).
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que durante esta veda, que se extiende hasta el cierre de las casillas el 2 de junio a las 18:00 horas locales, los candidatos, partidos políticos, simpatizantes y servidores públicos deben abstenerse de cualquier manifestación que promueva a candidatos en contienda.
La veda electoral, también conocida como «silencio electoral», prohíbe varios actos, entre ellos:
- Actos de campaña y proselitismo electoral.
- Cualquier tipo de propaganda electoral.
- Toda propaganda gubernamental, salvo excepciones para campañas de servicios educativos, de salud o protección civil.
- La difusión o publicación de resultados de encuestas y sondeos de opinión sobre preferencias electorales.
En caso de incumplimiento, el INE procederá de inmediato para ordenar el cese de la difusión de la información y llevará a cabo procesos sancionadores. Las sanciones pueden incluir multas considerables tanto para los partidos políticos como para los candidatos, tal como lo explicó la Consejera del INE, Dania Ravel, en una entrevista en 2023. La Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que quienes no respeten el periodo de reflexión estarán sujetos a las penas indicadas en la Ley General en Materia de Delitos Electorales.
En las elecciones del 2 de junio, casi 99 millones de mexicanos fueron convocados a las urnas para elegir 20,708 cargos públicos, incluidos la presidencia de la República, 128 senadores y 500 diputados.
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